El informe es uno de los mecanismos de rendición de cuentas, relacionado al derecho de acceso a la información pública. Es elemento esencial de la transparencia de la gestión pública. Elaborarlo requiere honestidad intelectual, método y principios vinculados a la verdad.
Dependiendo el ente público y los ámbitos Federal, estatal o municipal donde es generado para determinar características. Es factible clasificarlos en los del ejecutivo, legislativo y judicial. El ejecutivo es clasificable en centralizados, desconcentrados, descentralizados y los autónomos en técnica, presupuestal y gestión. También denominados órganos u organismos constitucionales autónomos.
En el poder legislativo informan los legisladores federales y locales, entiéndase las personas senadoras, diputadas federales y locales. En los poderes judiciales locales los presidentes de los tribunales. En el municipio corresponde a la persona que es presidente. La República, adquiere sentido al informar “de la cosa pública”, pero tiene su adversario en la futilidad de algunos integrantes de la clase política.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), está supeditado al régimen de transparencia, por lo tanto, el presidente debe de informar anualmente.
Marco jurídico



