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Parte II
Los juzgadores debemos diseñar un método sistemático de valoración de sentencias, que nos permita el análisis procedimental, fondo, forma, documental, argumentativo y lingüÃstico, en el contexto de generar justicia pronta, expedita y de calidad. En mi caso, sà desarrollé un guÃa y establecà criterios de fondo y forma para el diseño de sentencias.
Análisis procedimental o formalidades
Debemos verificar la inexistencia de violaciones al procedimiento, considerando es de orden público y no debe estar supeditado a la discrecionalidad o erróneo proceder de los sujetos procesales. Valorar la aplicación de algún protocolo de accesibilidad judicial.
La actividad procesal requiere del diseño documental en lenguaje claro, enumerando los temas acordados, fundamentación  motivación y verificar preclusión, caducidad y prescripción. En la fundamentación debemos tener claro las diferencias entre vacatio legis, vigencia, abrogación, derogación y obrogaciones.
El debido proceso implica verificar el respeto a los derechos humanos, prevención, desechamiento, sobreseer, suspensión, medidas cautelares, excepciones e incidentes, resolver incidente de previo y especial pronunciamiento, corroborar que las notificaciones sean efectivas, contestación, ampliación de demanda y su contestación, acceso a los expedientes por las partes, regularización del procedimiento, cumplimiento de los plazos y términos y, si las partes ejercen su derecho de defensa.
La fase probatoria que consiste en el ofrecimiento, admisión, desahogo y valoración de pruebas, posibilidad de controvertir periciales, carga probatoria, no dilación y licitud de las pruebas. Es la verificación de los derechos procesales sustantivos, es decir, el denominado debido proceso, ejercer el derecho de defensa, igualdad ante la ley, publicidad, resolución oportuna y derecho a impugnar.
Análisis documental
El expediente jurisdiccional es un documento público, al que le son aplicables además del régimen jurÃdico de la administración pública contenciosa, los de transparencia, acceso a la información, datos personales, rendición de cuentas  y el de archivos públicos, con ámbitos de responsabilidad administrativa y penal.
El artÃculo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece la supletoriedad del Código Federal de Procedimientos Civiles, que en el artÃculo 63, obliga al cumplimiento de formalidades. El artÃculo 81, fracción VII del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, establece:
Cuidar bajo su responsabilidad que los expedientes en papel que se tramiten en la vÃa tradicional, sean cosidos, foliados, sellados y rubricados, al agregarse el documento correspondiente. Esta obligación será aplicable, en lo conducente y en los términos que establezcan los lineamientos que al respecto emita la Junta, a los juicios que se tramiten a través del Sistema de Justicia en LÃnea.
La inadecuada integración de expedientes en papel tramitado en la vÃa tradicional, desvirtúa la fuente de la información para la decisión jurisdiccional. La transgresión de los principios de legalidad y seguridad jurÃdica, asà como violaciones a las formalidades esenciales del procedimiento, obstaculiza el derecho de defensa.
La inadecuada integración de expedientes en papel que se tramiten en la vÃa tradicional, desvirtúa la fuente de la información para la decisión jurisdiccional. Al estar transgredidos los principios de legalidad y seguridad jurÃdica, asà como violaciones a las formalidades esenciales
Análisis de fondo
La fase decisoria o test de racionalidad, en la que debe aplicarse la teorÃa de la subsunción, es decir, si el supuesto normativo está actualizado en la realidad, para generar las consecuencias jurÃdicas. El juzgador debe conocer los hechos para aplicar el derecho.
El juzgador debe fijar la litis, de conformidad al artÃculo 17 constitucional, es decir, delimitar el conflicto jurÃdico entre las partes donde puede haber más de un punto discrepante. En el caso del procedimiento contencioso administrativo federal, concretamente atender los agravios planteados.
Fundamentación normativa, jurisprudencial, tratados internacionales, doctrinal o en principios generales de derecho, para estimar o desestimar los argumentos o identificar falacias; control de convencionalidad y precedentes. Es parte de la ratio decidendi.
La obligatoriedad de la jurisprudencia, debe ser entendida como el principio de coherencia jurisprudencial, por eso su aplicación debe ser concreta y precisa. Resulta una inadecuada práctica usar dos o más jurisprudencias e inlcuso la transcripción de ejecutorias, que representa pereza intelectual.
Es necesario identificar los efectos de la sentencia y la factibilidad de la ejecución, esta es la oportunidad, para consolidar el respeto a la dignidad de la persona humana y la construcción del estado de derecho. Las sentencias son expresión individual de nuestro proceso civilizatorio y de una sociedad decente. Â
Análisis de forma
La sentencia tiene preámbulo, resultandos, considerandos y resolutivos, es incorrecto varÃar el orden o lo que hacen algunos juzgadores sobreseer en el preámbulo. La estructura de la sentencia tiene un orden lógico jurÃdico obligatorio, considerando el artÃculo 14 constitucional por seguridad jurÃdica y congruencia procesal. Sentenciar implica el derecho ciudadano y obligación de la autoridad de una decisión motivada.
Los párrafos deben ser de diez renglones en promedio, numerados y con epÃgrafe o acápite jurÃdico. Con una idea central desarrollada, concretos y en lenguaje claro, estos criterios son aplicables al preámbulo, resultandos, considerandos y resolutivos. Debiendo considerar como principios en su diseño y redacción la claridad, la concisión, unidad y sencillez. Evitar farragosidad, verborrea, locuacidad, verbosidad o parlerÃa.
A partir de la estructura de la sentencia, verificamos preámbulo, resultandos, considerandos y resolutivos estén integrados con los elementos que les corresponde. Esto permite verificar la cronologÃa o historia procesal, el cumplimiento de las diversas etapas procesales, identificación de puntos controvertidos, argumentación de las partes, valoración y ponderación de pruebas. Debemos identificar con claridad la ratio decidendi y el enunciado performativo.
Análisis Argumentativo
El juzgador debe analizar con una fusión de lógica jurÃdica, argumentación jurisdiccional, ratio decidendi y enunciados performativos, porque la consecuencia de la sentencia es generar una realidad concreta.
Resolver la contradicción de pruebas entre las partes es a través de la construcción de la argumentación jurisdiccional, que analiza la argumentación de la parte actora y los argumentos de la autoridad demandada.
Los errores más frecuentes de la autoridad demandada son:
Los errores más frecuentes de la autoridad jurisdiccional administrativa, son:
Las consecuencias de los errores de la autoridad demandada y los operadores de la jurisdicción administrativa, principalmente transgreden los derechos fundamentales y generan inseguridad jurÃdica deteriorando el estado de derecho.
Análisis lingüÃstico
Basados en el pensamiento crÃtico, el juzgador audita jurÃdica y lingüÃsticamente la resolución. Corroboramos el estilo de la justicia en el lenguaje claro de la sentencia.
Es verdad que la sentencia es un documento jurÃdico, pero también lo es que el ciudadano tiene el derecho a comprender para saber si están satisfechas sus pretensiones o por el contario existe un error jurisdiccional e interponer medio de defensa. El juzgador está obligado a ser preciso en la terminologÃa jurÃdica pero evitando un exceso de densidad terminológica que la haga incomprensible.
La identificación de la ratio decidendi y los enunciados performativos, resultan esenciales, porque son el continente del mensaje cuyo contenido debe ser la justicia. El enunciado performativo tiene efectos jurÃdicos concretos, es el sincretismo de la lógica jurÃdica, la ratio decidendi y argumentación jurisdiccional.
Conclusión
La sentencia es multidisciplinaria, porque teniendo como base el derecho genera realidades concretas en diversas materias como la seguridad social, seguridad pública, obligaciones fiscales y otras. Las bases jurÃdicas son los derechos constitucional, procesal, administrativo.
Es el resultado del pensamiento crÃtico, por lo complejo de los conocimientos jurÃdicos que son aplicados en su diseño. El juzgador debe tener una sólida formación jurÃdica y ser autodidacta.
La justicia no es pronta y expedita -entre otros factores- por una inadecuada técnica en el diseño de sentencias. El justiciable tiene la necesidad de interponer medios de impugnación -recursos y amparos- incrementando la litigiocidad por los errores jurisdiccionales.
La pérdida de confianza ciudadana en la administración pública y en la justicia administrativa puede ser disminuida por medio de objetivos y lÃneas de acción para implementar una polÃtica lingüÃstica jurisdiccional, un auténtico desarrollo de habilidades y competencias del factor humano del TFJA.
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